Restricciones de ADIF al vuelo de dron sobre ferrocarriles.
Hoy vamos a hablar de un detalle muy importante en la normativa sobre drones que tenéis que conocer, si queréis evitar multas o sanciones debéis tener en cuenta que hay que dejar una cierta distancia de seguridad con respecto a las vías de los trenes y no vais a poder sobrevolarlas por encima.
En primer lugar tenemos como normativa base el Real Decreto 517 que como todos sabéis fue aprobado en junio de este pasado 2024, en este Real Decreto nos dice que las vías de tren está consideradas una infraestructura lineal y que debemos mantener una distancia con respecto a estas vías de 25 metros por cada lado y si queremos cruzar con el dron al otro lado podemos sobrevolarlas a una altura como mínimo de 50 metros.
Como bien sabéis el máximo de altura legal al que podemos llegar con los drones es de 120 metros con lo que tenemos un buen margen de seguridad para cruzar las vías hasta el otro lado.
Sin embargo y, atención a esto, ADIF publicó en ese mismo mes de junio del 2024 una guía titulada zonas geográficas UAS de protección de las instalaciones e infraestructuras ferroviarias con lo que estas infraestructuras se declaraban como zonas geográficas particulares y propone límites más restrictivos.
Establece dos zonas:
- Zona declarativa.
- Zona de permiso requerido.
La zona declarativa abarca 100 metros a cada lado de las vías y 120 metros de altura. Por lo que ya no podríamos cruzar al otro lado pasando por encima.
La zona de permiso requerido abarca 55 metros a cada lado de las vías y 50 metros de altura.
Para volar dentro de la zona declarativa tenemos que remitir una declaración responsable con una anterioridad previa al vuelo de al menos veinte días, debidamente firmada donde se indicará que la operación que vamos a realizar cumple los requisitos aprobados. Con esto ya podríamos acercarnos hasta 55 metros de distancia de las vías por cada lado y ya podríamos cruzar las vías por arriba de los 50 metros de altura. Este procedimiento, tendríamos que repetirlo cada vez que queramos volar cerca de las vías o cruzarlas por encima.
Para la zona de permiso requerido, los operadores deben solicitar permiso para el vuelo. La solicitud se tiene que remitir con al menos 20 días de antelación antes de la operación y esta vez ha de contar con la autorización favorable por escrito de ADIF. En caso contrario esa operación no estaría autorizada.
Os dejamos aquí los enlace a la normativa y el modelo de ADIF para presentar vía mail.
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